Familia

Acuerdos claros entre padres y familiares para cuidar a los hijos sin pelear en un juzgado.

¿Qué conflictos de familia podemos conciliar?

Muchas familias no se separan en buenos términos, pero siguen necesitando ponerse de acuerdo sobre sus hijos. La conciliación en materia familiar sirve para ordenar esas decisiones: con quién viven los niños, cuándo los ve cada padre y cómo se reparten los gastos del día a día.

Atendemos casos como:

  • Tenencia: con quién vive el niño o la niña y cómo se organiza su cuidado.
  • Régimen de visitas: días, horarios, vacaciones y fechas especiales.
  • Acuerdos sobre gastos extraordinarios: salud, educación o actividades que no están cubiertas por la pensión.
  • Otros temas familiares de libre disposición, siempre que las partes puedan decidir sobre ellos.

¿Cuándo sí es conciliable y cuándo no?

Un acuerdo familiar puede conciliarse cuando las personas involucradas pueden decidir por sí mismas sobre el asunto. Los derechos de los niños, niñas y adolescentes son especialmente protegidos: cualquier acuerdo debe ser razonable y pensado en su bienestar.

No es conciliable cuando existe violencia familiar, cuando hay riesgo para la integridad de alguien o cuando el caso requiere una decisión que solo puede tomar un juez. En esos casos, el conciliador te explicará la vía que corresponde, y te recomendamos acudir de inmediato a la comisaría o al Poder Judicial si hay peligro.

¿Qué documentos debes traer?

  1. Tu DNI (o carné de extranjería o pasaporte).
  2. La partida de nacimiento de los hijos o el acta de matrimonio, si corresponde.
  3. Cualquier acuerdo anterior, resolución o documento que sirva como base del conflicto.
  4. Datos de contacto de la otra parte: dirección y teléfono, para poder invitarla a la audiencia.

¿Cómo es la audiencia?

Cada parte expone su posición y el conciliador ayuda a identificar qué es lo más importante para cada uno, en especial para los niños. Puede haber varias sesiones si el tema es complejo. Lo habitual es que la conversación sea privada y que no se tomen decisiones sin que ambas partes estén de acuerdo.

¿Qué contiene el acta?

Si llegan a un acuerdo, el acta detalla los compromisos: horarios, días, montos y responsabilidades. Si no hay acuerdo, el acta lo indica y queda constancia de que se intentó conciliar. Ese documento es el que permite seguir el proceso en la vía que corresponda.

Plazo y costo

El trámite tiene plazos legales que el conciliador explica en la primera reunión. El costo depende de la complejidad del caso y se confirma en consulta; te damos un presupuesto claro antes de comenzar.

Si tienes un conflicto familiar y quieres saber si podemos ayudarte, escríbenos al WhatsApp 997 927 007. La primera orientación es clara y sin compromiso.

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